Unidad de Investigación Pandemonio.- Una denuncia por presunto abandono de cargo contra una docente del nivel inicial fue presentada ante el Ministerio de Educación, luego de que no se incorporara a su centro de labores pese a haber sido reasignada oficialmente desde marzo de 2026.
El ciudadano Manuel Benjamín Ruiz Briones formalizó el expediente N.° MPD2026-EXT-0323479 ante la Dirección Técnico Normativa Docente (DITEN), señalando que la profesora Andrea Giuliana Molina Cedrón no se presentó a la Institución Educativa N.° 80019 “Ciro Alegría Bazán”, en el distrito de Trujillo, desde el 2 de marzo del presente año.
Según la denuncia, han transcurrido más de 20 días consecutivos sin que la docente se apersone a su plaza, lo que configuraría una presunta infracción grave conforme a la Ley de Reforma Magisterial.
La profesora había sido reasignada a dicha institución mediante la Resolución Directoral N.° 002198-2025-GRLL-GGR-GRE-UGELTSE, con vigencia a partir del 1 de marzo de 2026, en el marco del proceso de desplazamiento docente por unidad familiar.

Alertas desde la propia institución
La situación fue advertida por la dirección del plantel educativo, que emitió al menos tres oficios dirigidos a la UGEL 04-Trujillo Sur Este, informando la inasistencia de la docente y solicitando la cobertura urgente de la plaza.
En documentos fechados el 12, 16 y 17 de marzo de 2026, la directora del colegio comunicó que la docente “no se ha hecho presente” desde el inicio del año escolar, afectando directamente la atención de los estudiantes del aula de 3 años del nivel inicial.
Incluso, el 18 de marzo se reiteró el pedido para asignar un reemplazo, ante la necesidad de garantizar el servicio educativo a los menores matriculados.

Posible doble función en otra jurisdicción
La denuncia también advierte que Molina Cedrón estaría desempeñándose simultáneamente como directora encargada de la I.E. Inicial N.° 1688, en el distrito de Chao (UGEL Virú), desde enero hasta diciembre de 2026, lo que genera cuestionamientos sobre la legalidad de su situación laboral.
Este hecho resulta relevante debido a que, según los registros administrativos, la docente ya contaba con una plaza asignada en Trujillo, lo que podría evidenciar una incompatibilidad de funciones.
Posibles sanciones
De acuerdo con la normativa vigente, la inasistencia injustificada por más de tres días consecutivos o cinco discontinuos en un periodo de dos meses constituye una falta muy grave, pasible de sanción de destitución dentro de la carrera pública magisterial.
El denunciante ha solicitado al Ministerio de Educación el inicio inmediato de las investigaciones y la aplicación de las sanciones correspondientes conforme a ley.
